Convocatoria anticipada para el ejercicio 2023 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía.

Last Updated: 5 de mayo de 2023By Categories: Resúmenes de ayudas y normativas

Subvenciones destinadas al Programa de modernización del comercio:

Unió Gremial informa: RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2022, de la directora general de Comercio, Artesanía y Consumo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2023 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía.

Plazo previsto para la presentación de solicitudes:

Únicamente presentación telemática (a través de la Sede Electrónica de la GV)
La documentación que se adjunta ha de estar firmada electrónicamente (si requiere firma).

Plazos de realización y justificación:

Se considerarán apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2023 y hasta las fechas siguientes, según la ayuda que se solicite.
EMPRENEM COMERÇ: hasta el 30 de septiembre de 2023.
Justificación: hasta el 13 de octubre de 2023.

Asistencia y realización de certámenes o manifestaciones feriales: hasta el 19 de noviembre de 2023. (Excepcionalmente, podrán realizarse hasta el 10 de diciembre de 2023, siempre que quede justificado por su carácter sectorial específico, o realizarse fuera del territorio nacional).
Justificación: hasta el 24 de noviembre de 2023, excepto aquellas que, por sus fechas de realización, no puedan justificarse en este plazo

Resto de ayudas: hasta el 31 de octubre de 2023.
Justificación: hasta el 9 de noviembre de 2023.

(OBLIGACIÓN de dar publicidad de la ayuda obtenida i de incluir el logo de la Conselleria.).

PROMOCIÓ COMERCIAL: ajudes a agrupacions de comerciants (CMFAST):

Conceptos subvencionables:

a) Gastos de personal técnico profesional y de alquiler de la sede de la entidad.

b) Acciones de comunicación, información, publicidad, imagen, promoción de productos o servicios, fidelización del consumidor y captación de asociados.

c) Adhesión y mantenimiento a sistemas telemáticos en red ya implantados en organizaciones de segundo o tercer grado.

d) Acciones formativas específicas y sectorizadas para la adaptación del personal vinculado a las agrupaciones de comerciantes o en las empresas asociadas.

e) Actividades vinculadas con el impulso del comercio electrónico y acompañamiento a la pyme en su transformación digital.

Condiciones de la subvención:

Hasta el 70% de la cantidad solicitada, con el límite de 40.000 € por entidad.
Entidades de segundo o tercer grado de ámbito provincial o superior y multisectoriales con un límite de 60.000 € (de los cuales, como máximo, 35.000 € en personal).

Requisitos:
Cumplir con la definición de agrupación de profesionales del comercio.

Para personal, estar formada por al menos 65 empresas o 3 agrupaciones con el mismo número de empresas vinculadas.
Para alquiler, tener ya personal técnico contratado. Agrupaciones de mercados y galerías de alimentación sin mínimo.

Implantación de sistemas telemáticos en red: asociaciones de segundo o tercer grado, con ámbito, al menos, intercomarcal y contar con personal técnico.

EMPRENEM COMERÇ (CMIAPY):

Conceptos subvencionables: Las ayudas deberán ir destinadas a financiar los gastos corrientes derivados:

– Del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad.

– O de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica.

Ejercer la actividad comercial según:

• CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.

• IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera, División 6, Agrupaciones:

Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5

Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655

Condiciones de la subvención:
Subvención hasta el 50% y límite de 10.000 euros por solicitante.
Subvención de alquiler: límite 5.000 euros.

Requisitos:
En el momento de presentar la solicitud, en el local en el que se desarrolle la actividad deberá de ejercerse actividad económica o acreditar que previamente se ha ejercido.

El establecimiento deberá abrirse en el público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre de 2023.

AVALEM COMERÇ RURAL (CMRUPY):

Conceptos subvencionables. Inversiones en:

a) Equipamiento para el establecimiento comercial.

b) Implantación de la venta online segura o su integración en una plataforma online de comercio electrónico. En este caso se incluyen las aplicaciones informáticas y los gastos de creación de la web vinculada a el establecimiento.

El establecimiento podrá estar ubicado en espacios multiservicio de propiedad pública o privada.

Condiciones de la subvención:
Subvención hasta el 60% y límite de 20.000 euros por solicitante en un período de 3 años.

Requisitos:
Inversión mínima: no existe.
Establecimiento en municipio de menos de 1000 habitantes.
Incompatible con Avalem Comerç.

AVALEM MERCATS (CMSEPY):

Conceptos subvencionables. Inversiones en:

a) Adaptación de vehículos de transporte como tienda.

b) Instalación de equipo de frío en vehículos para el transporte y la venta de alimentación.

Condiciones de la subvención:
Subvención hasta 50% y límite de 5.000 euros por solicitante en un período de 5 años.

Requisitos:
Actividad de venta en mercados no sedentarios.
Ser micropymes.
Inversión mínima: 1.000 euros.

AVALEM ARTESANIA (CMAPY4):

PYMES que ejerzan la actividad artesana con DCA vigente en la Comunitat Valenciana.

Conceptos subvencionables:
a) Participación en certámenes feriales de artesanía.

b) Gastos en protección de producto, diseño o marca, y incorporación de diseño en el producto.

c) Confección y edición de catálogos de producto.

d) Promoción de producto.

e) Asistencia a cursos de diseño, calidad y especialización de producto, según su actividad artesana (gastos de matrícula y otros generados por el organizador).

Condiciones de la subvención:
Subvención hasta 50% con el límite de 5.000 euros por solicitante.
Si participa en certamen artesano fuera de España el límite será de 7.500 euros.

PROMOCIÓ ARTESANA Agrupaciones de artesanos sin ánimo de lucro. (CMAAS4):

Conceptos subvencionables:
a) Gastos de personal técnico profesional y de alquiler de la sede de la entidad.

b) Acciones de comunicación, información, publicidad, imagen, promoción de productos o servicios, fidelización del consumidor y captación de asociados.

c) Acciones de comunicación, información, publicidad, imagen, promoción de productos o servicios, fidelización de personas consumidoras y captación de asociados, gastos de adhesión y mantenimiento de sistemas telemáticos en red, destinados a asociados.

d) Acciones formativas específicas y sectorizadas por a la adaptación del personal vinculado a las
agrupaciones de artesanos o en las empresas asociadas.

e) Asistencia y organización de ferias u otros eventos promocionales (alquiler de espacio y la adecuación, seguridad y promoción).

f) Actividades vinculadas con el impulso del comercio electrónico y el acompañamiento a la pyme en su transformación digital.

Condiciones de la subvención:
Hasta el 70% con el límite de 40.000€ por entidad.

Requisitos:
Cumplir con la definición de agrupación de profesionales de la artesanía.

Para personal, estar formada por, al menos, 65 empresas o 3 agrupaciones con el mismo número de empresas vinculadas. Para alquiler, tener ya personal técnico contratado.

Implantación de sistemas telemáticos en red: asociación de segundo o tercer grado, de ámbito, al menos, intercomarcal y contar con personal técnico.

PROMOCIÓ ARTESANA Agrupaciones de artesanos sin ánimo de lucro. (CMAAS4):

Conceptos subvencionables:
a) Gastos corrientes en personal técnico que realice funciones de gerencia, consumibles, material informativo y promocional, contratación de servicios externos, elaboración de auditorías y su seguimiento, mantenimiento de sistemas informáticos específicos, etc.

b) Renovación de Mercado Excelente: equipamiento o instalaciones que repercutan directamente en la actividad comercial.

Condiciones de la subvención:
a) 70% con límite de 25.000 € por solicitante.
b) 100% con el límite de 50.000€ (100.000 € en 3 años).

Requisitos:
Tener vigente un reconocimiento de calidad emitido por organismo público: Mercado Excelente.

La ayuda b) resulta incompatible con la misma ayuda para entidad local.

CENTRAL DE COMPRAS para agrupaciones de comerciantes y ánimo de lucro (CMACCC):

Conceptos subvencionables:
a) Estudio que defina las inversiones a realizar en la optimización de los procesos logísticos, la reducción del impacto medioambiental y la creación de plataformas online de comercio electrónico para las pymes.

b) Realización de las inversiones definidas en el estudio, incluyendo la programación informática y las aplicaciones ad hoc.

Condiciones de la subvención:
a) 50% con límite de 5.000 € por solicitante en un período de 3 años.
b) 50% con el límite de 40.000 € (60.000 € en 3 años).

Requisitos:
Tener carácter sectorial.

Unió Gremial
València, 4 de enero de 2023.