Subvenciones destinadas al Programa de modernización del comercio
Subvenciones destinadas al Programa de modernización del comercio:
Unió Gremial informa: Resumen de la RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones en el ejercicio 2022, destinadas al Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Objeto de las ayudas:
Financiar el desarrollo de planes y proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución.
Dirigido a:
– PYMES comerciales.
– Asociaciones del sector comercial.
Acciones subvencionables:
1- Inversiones realizadas por las asociaciones en:
a) Transformación digital: Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra: Transformación digital
b) Transformación del punto de venta: Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión.
c) Cadena de suministro y trazabilidad: Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla.
d) Sostenibilidad y economía circular: Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos.
Cuantía subvencionable:
– La inversión mínima aprobada no será inferior a 5.000 euros (IVA excluido) y, la ayuda será del 100 %, con el límite de 200.000 euros.
– Para los comercios, las inversiones objeto de subvención estarán siempre vinculadas al establecimiento comercial.
– Se considerarán subvencionables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero del 2022 y hasta la fecha de presentación de la solicitud de subvención, salvo que se establezca un plazo diferente en la convocatoria de las ayudas. La justificación de la actuación realizada se presentará junto con la solicitud.
Gastos subvencionables:
– Aquellos relacionados con la actividad objeto de la ayuda.
– Sean necesarios para su ejecución y hayan sido contraídos durante el periodo de ejecución aprobado.
– Se encuentren pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación.
– Los gastos deberán estar sujetos a precios de mercado.
Presentación de solicitudes y documentación:
La solicitud será telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana:
Enlace para PYMES (CMYTEC) https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=23012
Enlace para asociaciones (CMATEC) https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=23010
El plazo para la presentación de solicitudes, será del 10 de enero hasta el 3 de febrero de 2023, ambos inclusive.
Información completa y documentación adjunta en este enlace.
Podéis acceder a la publicación de la resolución en este enlace.
Enlace solicitud: Presentación telemática y documentación.